Si se te ha pasado por la cabeza venir a estudiar a España (sí, a pesar de la pandemia todavía hay muchas opciones para estudiantes), debes saber que hay trámites burocráticos que pueden crearte una verdadera confusión mental. En este post te explicamo la diferencia entre: autorización, estancia de estudios, residencia por trabajo y residencia por búsqueda de empleo.  

La autorización

La autorización es simplemente un papel que te autoriza tu país de origen, para salir del país hacia el país de destino, si tu salida va a ser de más de 3 meses. En caso de que tu estancia vaya a ser menos de 3 meses, no sería necesario pedir esta autorización (VISA) 

Para que nos entendamos, con la autorización, tu país de origen te aceptaría (te daría permiso) para venir a España, en este caso.  

La estancia de estudios

La estancia es la autorización que España acepta para que estés aquí durante el tiempo que duren tus estudios. Los puntos clave de la estancia de estudios son: 

  • Es temporal. Su duración dependerá de tus estudios.  
  • No puedes trabajar. La estancia por estudios NO TE PERMITE TRABAJAR, únicamente realizar tus prácticas como parte de tu formación académica.  
  • Los años de estancia, NO TE SIRVEN como años como residente, si en un futuro quieres pedir la residencia española. 

La Residencia

El permiso de residencia es aquel que te permite optar tras unos años (si eres una persona iberoamericana necesitarás dos años para poder pedir ela nacionalidad, si eres de otro país serán 10 años) a la nacionalidad española. 

Por lo tanto, la residencia es un permiso que se te concede si planeas un proyecto a largo plazo en España.

Pero entones, ¿qué tengo que hacer para poder estudiar en España? 

Si vas a venir a España por más de 3 meses únicamente a realizar unos estudios, una formación o un proyecto académico, tu obligación es obtener la estancia de estudiante. Recuerda que no vas a poder trabajar, solo podrás realizar prácticas relacionadas con tu formación.  

Por el contrario, si tus planes son venir a España a “buscarte la vida” debes saber que existe la opción de residencia no lucrativa la cual te permite optar a la nacionalidad y trabajar en el país de manera regular. El único hándicap que tiene este tipo de residencia, es que necesitas demostrar que tienes 30.000€ en tu cuenta para poder realizar aquí tus actividades.  

¿Ya tienes todo más claro? ¿Sabes ya lo que vas a tener que gestionar? Desde SGR te recordamos que disponemos de servicios de gestión y ayuda a la movilidad de estudiantes, para que tú solo te preocupes de disfrutar al máximo de la experiencia.  Tú disfruta, que nosotros hacemos el resto.  

Contáctanos por mail, o por RRSS para cualquier consulta relacionada con tu movilidad. 

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